¿Aportaciones simultáneas y la jubilación concedida por el IESS?

¿Trabajas para dos o más empleadores?

Querido/a Lector/a:

En el Boletín Informativo de esta semana, te invito a conocer acerca la respuesta a la siguiente interrogante:

1.- ¿Conoces de qué forma el IESS considera a los aportes simultáneos para la concesión de la pensión jubilar?

De conformidad con la Resolución No. CD. 100 y sus reformas, cuando un afiliado del IESS trabaja para dos o más empleadores a la vez, para efectos de la concesión de la pensión jubilar, sus aportes son considerados de la siguiente manera: 👇 

  • En resumen, cuando un afiliado presta sus servicios lícitos y personales para dos o más empleadores en períodos similares, para la concesión de la pensión de jubilación, el IESS únicamente sumará los salarios o sueldos base de aportación, porque se trataría de aportaciones simultáneas (dos o más en un mismo período de aportación).

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