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Diferencias: jubilación patronal y jubilación ordinaria de vejez. Propuesta de reforma a la jubilación patronal.
#DatosdePrévision. Propuesta de reforma elaborada por el Ministerio del Trabajo

Querido/a Lector/a:
Dado que durante esta semana, la jubilación patronal ha sido motivo de varias noticias en los medios de comunicación a causa de una propuesta que está siendo discutida por el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios, en el Boletín Informativo de esta semana, podrás conocer algunos detalles sobre las diferencias entre la jubilación patronal y la jubilación ordinaria de vejez concedida por el IESS.
En este enlace podrás conocer el contenido de la propuesta de reforma a la jubilación patronal, presentada la semana anterior, por la señora Ministra del Trabajo:
Ahora bien, en este Boletín, podrás conocer ¿cómo se encuentra regulada la jubilación patronal y las diferencias respecto de la jubilación ordinaria de vejez concedida por el IESS.
Pero, en primer lugar, podría ser interesante dar respuesta a la siguiente interrogante: 👇
1.- ¿Si accedo a la jubilación patronal puedo obtener a la jubilación ordinaria de vejez del IESS?
Sí, por supuesto que sí. Pero ¿por qué? 👇
Para responder a esta interrogante, es importante conocer ¿qué es la jubilación patronal? y ¿qué es la jubilación ordinaria de vejez?
La jubilación patronal es un derecho del trabajador siempre que reúna los requisitos previstos por el Código del Trabajo.
El Código del Trabajo reconoce dos tipos de jubilación patronal: 1) Jubilación Patronal Total; y, 2) Jubilación Patronal Proporcional. En la siguiente gráfica podrás conocer lo que es cada uno de estos tipos de jubilación patronal: 👇
Nota: Lamentablemente, en el Boletín anterior hubo dos errores involuntarios de escritura; por ello, elaboré un nuevo cuadro comparativo.

Fuente: Código del Trabajo.
En el caso de la jubilación ordinaria de vejez, es importante resaltar que se trata de una prestación en dinero concedida por el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte del IESS (en virtud del derecho a la seguridad social) a aquellos asegurados cuya situación corresponda a alguna de las siguientes reglas: 👇

Fuente: Resolución No. C.D. 683.
Finalmente, en esta gráfica podrás revisar un resumen general sobre las diferencias entre la jubilación patronal y la jubilación ordinaria de vejez. Por cierto, no olvides que parten de derechos completamente independientes. Adicionalmente, al dar clic en la siguiente imagen, podrás revisar el contenido de un video explicativo: 👇
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