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Mi hija es una persona con discapacidad y yo la cuido: ¿podría jubilarme de forma anticipada?🤔
Lo que dispone la normativa y un proyecto de ley en trámite en la Asamblea Nacional.

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En primer lugar, por favor, te solicito - muy comedidamente - me ayudes con un clic en el anuncio que aparece a continuación:
Por favor, debes dar un clic en esta imagen (anuncio) de Masterworks: 👇
What investment is rudimentary for billionaires but ‘revolutionary’ for 70,571+ investors entering 2026?
Imagine this. You open your phone to an alert. It says, “you spent $236,000,000 more this month than you did last month.”
If you were the top bidder at Sotheby’s fall auctions, it could be reality.
Sounds crazy, right? But when the ultra-wealthy spend staggering amounts on blue-chip art, it’s not just for decoration.
The scarcity of these treasured artworks has helped drive their prices, in exceptional cases, to thin-air heights, without moving in lockstep with other asset classes.
The contemporary and post war segments have even outpaced the S&P 500 overall since 1995.*
Now, over 70,000 people have invested $1.2 billion+ across 500 iconic artworks featuring Banksy, Basquiat, Picasso, and more.
How? You don’t need Medici money to invest in multimillion dollar artworks with Masterworks.
Thousands of members have gotten annualized net returns like 14.6%, 17.6%, and 17.8% from 26 sales to date.
*Based on Masterworks data. Past performance is not indicative of future returns. Important Reg A disclosures: masterworks.com/cd
En este Boletín Informativo, te invito a conocer sobre lo siguiente: Mi hija es una persona con discapacidad y yo la cuido: ¿podría jubilarme de forma anticipada? 👇
No, porque la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad únicamente ha previsto una jubilación especial con condiciones o requisitos más flexibles para las personas con discapacidad, de acuerdo con lo que consta en esta gráfica: 👇

Fuente: Artículo 103 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad.
Dato adicional: 👇
En 2022, fue presentado en la Asamblea Nacional el “Proyecto de Ley Orgánica para la Atención y Protección a la Salud Emocional, Física y Psicológica y para la Jubilación Especial de Personas Cuidadoras de Personas con Enfermedades Crónicas, Catastróficas, Huérfanas y con Discapacidad Severa”.
Este proyecto de ley ha sido calificado por el Consejo de la Administración Legislativa, y sigue en trámite (revisión en Comisión para primer debate) en la Comisión Especializada Permanente del Derecho a la Salud y Deporte.
Al respecto, es importante considerar que se trataría de la creación de una nueva prestación y que, por tanto, debe contar con el respaldo de un estudio actuarial actualizado y específico, debe contar con las suficientes fuentes de financiamiento, entre otros particulares orientados a precautelar la sostenibilidad en el largo plazo.
Recuerda que este Boletín es exclusivamente informativo, por lo que si tuvieras dudas, puedes agendar una cita para asesoría personalizada y consultas, a través del correo: [email protected] o por WhatsApp: https://wa.me/0992618578.
Finalmente, aprovecho para reiterarte mi agradecimiento, por suscribirte, por ayudarme con un clic en el anuncio de Masterworks, fijado en este Boletín: y, por estar al pendiente de cada uno de estos Boletines Informativos.
🍀¡Gracias!🍀

