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¿Si accedo a la jubilación patronal, puedo obtener a la jubilación ordinaria de vejez del IESS?
#Diferencias.

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A continuación, podrás conocer sobre la temática de este Boletín:
1.- ¿Si accedo a la jubilación patronal puedo obtener a la jubilación ordinaria de vejez del IESS?
Sí, por supuesto que sí. Pero ¿por qué? 👇
Para responder a esta interrogante, es importante conocer ¿qué es la jubilación patronal? y ¿qué es la jubilación ordinaria de vejez?
La jubilación patronal es un derecho del trabajador siempre que reúna los requisitos previstos por el Código del Trabajo.
El Código del Trabajo reconoce dos tipos de jubilación patronal: 1) Jubilación Patronal Total; y, 2) Jubilación Patronal Proporcional. En la siguiente gráfica podrás conocer lo que es cada uno de estos tipos de jubilación patronal: 👇

En el caso de la jubilación ordinaria de vejez es importante resaltar que se trata de una prestación en dinero concedida por el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte del IESS a aquellos asegurados cuya situación corresponda a alguna de las siguientes reglas: 👇

Finalmente, en esta gráfica podrás revisar un resumen general sobre las diferencias entre la jubilación patronal y la jubilación ordinaria de vejez. Por cierto, no olvides que parten de derechos completamente independientes. Adicionalmente, al dar clic en la siguiente imagen, podrás revisar el contenido de un video explicativo: 👇
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