¿Si accedo a la jubilación patronal, puedo obtener a la jubilación ordinaria de vejez del IESS?

#Diferencias.

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A continuación, podrás conocer sobre la temática de este Boletín:

1.- ¿Si accedo a la jubilación patronal puedo obtener a la jubilación ordinaria de vejez del IESS?

Sí, por supuesto que sí. Pero ¿por qué? 👇

Para responder a esta interrogante, es importante conocer ¿qué es la jubilación patronal? y ¿qué es la jubilación ordinaria de vejez?

  • La jubilación patronal es un derecho del trabajador siempre que reúna los requisitos previstos por el Código del Trabajo.

  • El Código del Trabajo reconoce dos tipos de jubilación patronal: 1) Jubilación Patronal Total; y, 2) Jubilación Patronal Proporcional. En la siguiente gráfica podrás conocer lo que es cada uno de estos tipos de jubilación patronal: 👇

En el caso de la jubilación ordinaria de vejez es importante resaltar que se trata de una prestación en dinero concedida por el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte del IESS a aquellos asegurados cuya situación corresponda a alguna de las siguientes reglas: 👇

Finalmente, en esta gráfica podrás revisar un resumen general sobre las diferencias entre la jubilación patronal y la jubilación ordinaria de vejez. Por cierto, no olvides que parten de derechos completamente independientes. Adicionalmente, al dar clic en la siguiente imagen, podrás revisar el contenido de un video explicativo: 👇

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