Si un jubilado del IESS vuelve a trabajar: ¿debe aportar? 🤔

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En segundo lugar, en el presente Boletín Informativo podrás conocer la respuesta a lo siguiente: Si un jubilado del IESS vuelve a trabajar: ¿debe aportar?

Fuentes: Ley de Seguridad Social, Resoluciones No. C.D. 515 y 518.

En este sentido, la tabla de aportación aplicable a los jubilados que vuelven a estar afiliados al IESS, es la siguiente: 👇

Recuerda que si tienes dudas, puedes agendar una cita para asesoría personalizada y consultas, a través del correo: [email protected] o por WhatsApp: https://wa.me/0992618578.

Finalmente, aprovecho para reiterarte mi agradecimiento, por suscribirte, por ayudarme con un clic en el anuncio de Money, fijado en este Boletín: y, por estar al pendiente de cada uno de estos Boletines Informativos.

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